Traductor

English French German Italian Dutch Russian Portuguese Japanese Korean Arabic Chinese Simplified

importante:

La ONG "MUJERES POR IGUALDAD DE DERECHOS ESCOBAR" ya no existe, pero el contenido aquí publicado es demasiado importante como para cerrar el blog. Para mayor información sobre esta ONG, comunicarse a
giordano.silviabeatriz@gmail.com

Derechos de la víctima

Derechos de la víctima en los organismos policiales: // Autor: Ana Lía Villaverde, Rio Cuarto Córdoba en su monografìa "Mujer Maltratada"

Por lo general las víctimas inician su denuncia en uno de estos organismos. Es esta la primera impresión a lo que estará enfrentada al ejecutar la denuncia, por lo que tendrá un valor decisivo en su percepción de la justicia y su disposición a colaborar con ella. En este ámbito debemos recordar la necesidad de:

Atención inmediata de su denuncia, en recinto privado y adecuado
Recepción de antecedentes del delito por parte de personal especializado, en especial, cuando se trate de menores o víctimas de delito sexual

Derechos de la víctima durante el proceso:

Las mayores dificultades que enfrentan las víctimas corresponden a su paso por los Tribunales, de allí que, resulta necesario considerar:

La protección de la víctima frente a posible agresión o amenaza del inculpado
Exigencia de un trato deferente, acorde a su calidad de víctima
Evitar la instancia de careo en casos de menores de edad
Derecho a contar siempre con asesoría legal

Derechos de acceso a la información:

Resulta imprescindible que en las distintas instancias por las que pasa la víctima se le informe sobre el sentido de la diligencia en la que participa y de las actividades futuras que se van a desarrollar en relación con su problema. Esto es válido para:

Organismos policiales
Pericias médico ginecológicas
Tribunales de Justicia
Derechos pecuniarios o compensatorios de la víctima:

Se debe buscar la fórmula para brindar algún tipo de resarcimiento económico a las afectadas, en atención al daño físico y moral que le ha causado el delito. Además, siempre se deben considerar los gastos propios que le generan la participación en el proceso.

Es posible pensar, que además de buscar fórmulas compensatorias para la víctima, estas imposiciones podrían ampliar el efecto preventivo o disuasivo de la pena.

Derechos asistenciales a la víctima:

Es un derecho consagrado y reconocido que hoy la víctima debe tener acceso a un tratamiento asistencial, cuando por efectos del delito, se encuentre afectada psíquica o moralmente. Si el sujeto activo del delito no dispone de los recursos económicos que demande el tratamiento, sin dudas, es el Estado quien debe asumir esta tarea.

La plena vigencia de estos derechos y la implementación de medidas para su regulación, podrían significar a la víctima un mejor trato y consideración.

Comentarios

Entradas populares