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Desaparición forzada o involuntaria de personas: Principios rectores ante desaparición de personas


Un instructivo, aprobado por el Ministerio de Seguridad de la República Argentina, establece como deberán actuar las fuerzas ante las denuncias de desaparición de personas. Intervendrá la Secretaría de Seguridad Operativa de dicha cartera, que pondrá a disposición los recursos humanos y materiales del caso.

La Resolución Nº 1256/2011 señala en sus considerandos que, frente a las denuncias y/o presentaciones que al efecto se realicen en la materia, resulta necesario establecer una serie de principios rectores.

Entre ellos se consigna en primer término que la Secretaría de Seguridad Operativa confirmará que la denuncia y/o presentación por desaparición de persona sea verídica. En caso de que haya sido previamente radicada ante un órgano judicial o el Ministerio Público Fiscal, deberá entablarse comunicación inmediata con el órgano interviniente.

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Caso contrario, se instruirá a los familiares para que la efectúen ante la dependencia policial u órgano judicial o fiscal correspondiente.

Asimismo, la Secretaría de Seguridad Operativa establecerá contacto directo con la familia afectada, con el fin de conocer todos los detalles del hecho y de mantenerse a disposición de ella, ante cualquier eventualidad.

Igualmente, dicho organismo se comunicará con el órgano judicial y/o fiscal interviniente, con el fin de poner a su disposición los recursos humanos y materiales necesarios de las Fuerzas Federales de Seguridad, con el propósito de dar con el paradero de la persona desaparecida, sin perjuicio del accionar de la fuerza local, con jurisdicción territorial.

A la familia afectada y al órgano judicial y/o fiscal intervinientes se les ofrecerá la difusión de la imagen de la persona desaparecida, por medio de su exposición en todas las dependencias de las cuatro Fuerzas Federales de Seguridad de la Argentina.

En caso de que dicho ofrecimiento sea aceptado, se instruirá inmediatamente al personal jerárquico de cada una de las fuerzas, para que coloquen datos de contacto y fotografías en comisarías y dependencias de la Policía Federal; dependencias y puestos fronterizos de la Gendarmería Nacional; dependencias de la Policía de Seguridad Aeroportuaria y televisores ubicados en todos los aeropuertos de la República Argentina; dependencias de la Prefectura Naval; terminales de micros de media y larga distancia; terminales ferroviarias; peajes y demás puntos estratégicos.
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Fuente: http://www.argentina.gob.ar

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